POLÍTICA DE GESTIÓN INTEGRAL TRANSPORTE DE ORO Y TURISMO COLOMBIA S.A.S

“TRANSGOLDTOUR”, empresa de servicio público de transporte terrestre automotor de pasajeros en la modalidad especial en forma segura y eficiente, estamos comprometidos con el cumplimiento de las normas establecidas, incluyendo el desarrollo del Plan estratégico de seguridad vial (PESV), ofreciendo la satisfacción de nuestro cliente, con servicios oportunos, cómodos y seguros, a través de la mejora continua de los procesos, promoviendo altos estándares de calidad y liderazgo. Nuestra gestión está dirigida a la prevención de accidentes, lesiones y enfermedades de nuestros colaboradores, promoviendo la calidad de vida en el ámbito laboral, manteniendo condiciones seguras y saludables, buscando el bienestar de familiares, clientes, socios, proveedores, contratistas y usuarios, priorizando el compromiso hacia la eliminación de los peligros y reducción de riesgos de nuestra organización, por ello nos comprometemos con: • La satisfacción de nuestros clientes y las demás partes interesadas. • La responsabilidad y el compromiso por parte de la alta dirección mediante la asignación de recursos humanos, materiales y financieros requeridos. • La búsqueda de la mejora continua del sistema integrado de gestión. • El cumplimiento de los requisitos legales, normativos y reglamentarios aplicables La alta dirección de la TRANSPORTE DE ORO Y TURISMO COLOMBIA S.A.S “TRANSGOLDTOUR” preocupada por la protección integral de todos sus empleados, contratistas, subcontratistas y el ambiente, reafirma su compromiso hacia la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo – SG-SST y el plan estratégico de seguridad vial PESV, y por la promoción de la calidad de vida laboral y la prevención de incidentes y accidentes de trabajo, enfermedades laborales y daños a la sociedad como al ambiente.

La alta dirección propenderá por un ambiente laboral seguro y sano en cada uno de los servicios que presta mediante la identificación de los peligros, evaluación, valoración de los riesgos y determinación de los controles; para lo cual definirá y asignará todos los recursos financieros, técnicos y humanos necesarios para la implementación y mantenimiento del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo – SG-SST. La política de gestión integral será implementada y comunicada a todo el personal, contratistas y subcontratistas relacionados con las operaciones de la organización y está disponible a todas las partes interesadas.

POLÍTICA DE PREVENCIÓN DE CONSUMO DE ALCOHOL, TABACO, DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS, SUSTANCIAS PSICOACTIVAS Y OTROS

TRANSPORTE DE ORO Y TURISMO COLOMBIA S.A.S “TRANSGOLDTOUR”, estamos comprometidos con la protección de la seguridad y salud de nuestros trabajadores, contratistas y demás partes interesadas, reconociendo que el consumo de alcohol, tabaco, dispositivos electrónicos, sustancias psicoactivas y otras sustancias que puedan afectar las capacidades físicas, mentales o cognitivas, constituye un factor de riesgo que puede incidir negativamente en el desempeño laboral, la seguridad en el trabajo, el ambiente organizacional y la productividad. La organización se compromete a prevenir el consumo de estas sustancias mediante la promoción de estilos de vida saludables y entornos de trabajo seguros, garantizando la satisfacción de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo y el bienestar integral de sus colaboradores. Por esta razón y en búsqueda de un ambiente de trabajo seguro y saludable, libre del consumo de alcohol y drogas, la compañía ha establecido esta política que se aplicará durante la ejecución de las actividades y será obligatoria para todos los trabajadores, contratistas, proveedores y visitantes de TRANSGOLDTOUR.

Prohibiciones Se prohíbe a todos los trabajadores, contratistas, proveedores y visitantes: • Presentarse al desarrollo de sus labores bajo los efectos del alcohol, sustancias psicoactivas, drogas ilícitas o medicamentos que puedan afectar el estado de alerta, la coordinación, la concentración, los reflejos o cualquier otra capacidad necesaria para desempeñar sus funciones de manera segura. En caso de encontrarse bajo tratamiento médico que puedan generar estos efectos, el trabajador deberá informar oportunamente a la empresa, garantizando la confidencialidad de la información suministrada. • Consumir, portar, distribuir, comercializar o almacenar debidas alcohólicas, sustancias psicoactivas o drogas ilícitas dentro de las instalaciones de la empresa o vehículos de servicio, durante la jornada laboral o mientras se ejecutan actividades en representación de la empresa. • Fumar, utilizar dispositivos electrónicos de suministro de nicotina en áreas de trabajo o al interior de los vehículos. • No se permite que los colaboradores, se ausenten durante la prestación del servicio para fumar.

TRANSPORTE DE ORO Y TURISMO COLOMBIA S.A.S se reserva el derecho de exigir a cualquier persona que realiza operaciones dentro o en representación de la compañía que se someta a pruebas de laboratorio, o realizar pruebas de alcohol y/o sin previo aviso, incluyendo a contratistas que estén ejecutando operaciones a nombre de la organización, estas pruebas también podrán ser ejecutadas por nuestros clientes o compañías terceras contratadas

para este fin. El incumplimiento de esta política se considerará como falta grave y por tanto TRANSGOLDTOUR, adoptará medidas disciplinarias, inclusive dar por finalizado el contrato celebrado entre las partes con justa causa de acuerdo con lo establecido en el reglamento interno de trabajo y el artículo 60 del código sustantivo de trabajo. Se socializará a los colaboradores sobre los riesgos que implica el consumo de estas sustancias a través de la realización de actividades de prevención y promoción de la salud.

POLÍTICA DE SEGURIDAD VIAL

Para TRANSGOLDTOUR SAS, es de vital importancia tomar acciones que permitan prevenir la ocurrencia de siniestros viales, por lo cual fomentamos la participación responsable de todo el personal que labora en nuestra empresa, y en el desarrollo y cumplimiento de cada una de las actividades programadas, con el propósito de disminuir la probabilidad de ocurrencia, lo cual afectaría la integridad física, mental y social de los trabajadores, nuestros clientes y demás partes interesadas. Esta política aplica a todos los actores viales de la empresa durante la ejecución de las actividades en misión de, se entenderán como actores viales misionales los siguientes: Conductores de vehículo, acompañantes o pasajeros y peatones que estén ejecutando desplazamientos con ocasión al trabajo o labor contratada. Como lineamientos de obligatorio cumplimiento la empresa define:

✔ Se debe cumplir con la reglamentación establecida en el Código Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre, y en general con el marco legal aplicable.

✔ Generar el compromiso de los conductores para que participen en procesos de sensibilización y formación en manejo defensivo, buscando ejercer un control tanto de la calidad del servicio, como en la contratación de conductores competentes y comprometidos con el tema.

✔ Establecer las medidas de control para evitar la ocurrencia de accidentes que puedan generar daños al individuo o a terceros.

✔ Se prohíbe el consumo o laborar bajo los efectos del alcohol, sustancias psicoactivas, tabaco o medicamentos formulados que produzcan somnolencia.

✔ Los vehículos que presten servicio de transporte se buscará que sean de modelos recientes, con óptimos procedimientos y control en los mantenimientos preventivos, correctivos e inspecciones preoperacionales diarias.

✔ La gerencia facilitará los recursos financieros, humanos y técnicos necesarios para dar cumplimiento a la presente política de seguridad vial en compromiso con la vida, con el cumplimiento de los requisitos que le apliquen y con la mejora continua.

tránsito vehicular.

✔ Se prohíbe el uso del celular u otro medio de comunicación mientras se esté conduciendo.

✔ Utilizar el cinturón de seguridad siempre que esté conduciendo y cuando aplique, asegurarse de que el(os) acompañante(s) lo tenga(n) puesto también.

✔ Está prohibido exceder los límites de velocidad en cada uno de los corredores viales urbanos o rurales, o instalaciones de los clientes, sean vehículos propios o de terceros.

✔ Se ratifica el direccionamiento de no sobrepasar las horas de las jornadas laborales, conforme la legislación colombiana vigente y el Reglamento Interno de Trabajo.

✔ Generar conductas en la prevención de siniestros viales, en los desplazamientos laborales y los trayectos en itinere para todos los colaboradores de la organización.

✔ Se establece el compromiso de la Mejora continua y alcance a contratistas, subcontratistas y proveedores

TRANSPORTE DE ORO Y TURISMO COLOMBIA S.A.S

Se preocupa por El Talento humano, además de la constante capacitación, promueve actividades de integración y recreación con sus clientes internos.

TRANSGOLDTOUR COLOMBIA S.A.S. Cuenta con un sistema de Gestión de Calidad y Seguridad y Salud en el trabajo.